Este Tribunal de Control N° 06, por todas las razones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Admite la acusación presentada contra el ciudadano RAFAEL JOSE OREYANA, venezolano, mayor de edad, de 48 años de edad, portador de la cedula de identidad N° 8.143.473, natural de Libertad Municipio Rojas Estado Barinas, de profesión Técnico Electricista, residenciado en la Urbanización Raúl Leoni, Avenida 01, sector N° 08, casa N° 03, Barinas Estado Barinas, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA LABORAL, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 49 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Sandra del Carmen Querales García, así mismo se admiten los medios de prueba ofrecidos por ser útiles, necesarios y pertinentes, para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad. SEGUNDO: Se admite el.....