Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Admite EN SU TOTALIDAD el escrito de acusación; así mismo los medios de pruebas ofrecidos por la representación fiscal, por cuanto son pertinentes, lícitos, legales y necesarios, ratificados en esta audiencia; SEGUNDO: De conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, habiendo admitido los hechos el imputado de forma pura y simple se procede a imponer la pena de inmediato, en consecuencia, se CONDENA al acusado ciudadano José Noel Rodríguez, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.464.286 ( No Porta), de 36 años de edad, nacido el 17-09-71 , natural de Santa Bárbara de Barinas, de estado civil Soltero, ocupación u oficio, Obrero en el campo, hijo de Ana María Rodríguez (V) y Ángel Alfonso Ramírez (D), residenciado e.....