DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Juicio N ° 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: Primero: Se deja sin efecto la Orden de Aprehensión de fecha 03/05/06; por cuanto la misma ya fue ejecutada en la causa seguida, en contra del ciudadano OSMEL ENRIQUE SUAREZ CADENAS, venezolano, nacido en fecha 15-10-84, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.456.582, soltero, albañil, grado de instrucción: bachiller, natural Maracaibo, hijo de Ubaldo Ramón Suárez Palomariz (v) y María Migdalia Cadenas Rondón (v), residenciado en Barrio Santa ana Av. 48F, casa 160-47 Maracaibo Estado Zulia; por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual de Niños, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con los respectivos agravantes contemplados en los apartes segundo y tercero de la misma norma sustantiva, en perjuicio del niño José F.....