Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD SERRANO ALJONA LUIS ALFREDO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.636.242 , de mayor edad, de 25 años de edad, nacido el 21-05-1982, natural de Barinas, grado de instrucción 5to año, soltero, profesión u oficio obrero, residenciado En Socopó, Barrio Nuevo Paraíso, son unas invasiones, hijo de Maria Isabel Arjona (V) y Luís Lindolfo (V), de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, DETENCIÓN DOMICILIARIA EN SU PROPIO DOMICILIO, CON APOSTAMIENTO POLICIAL, y Prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado Barinas sin autorización del Tribunal, en tal sentido el acusado .....