Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: AMPLIAR EL REGIMEN DE PRESENTACIONES A CADA SESENTA (60) DÍAS, a favor del acusado WILFREDO MANUEL JULIO BANQUEZ, Colombiano, mayor de edad, no tiene numero de cedula, de 23 años de edad, nacido el 12-08-87, profesión u oficio comerciante de un restaurant "Cosita Rica" de Ciudad Bolivia Pedraza, hijo de María Banquez (v) y de José Julio (v), natural de del Departamento de Sucre, Colombia, residenciado en Ciudad Bolivia, plaza Páez, avenida 04, entre calles 18 y 19, Pedraza Estado Barinas, teléfono 0414-0570213, a quien se le sigue la presente causa, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de César Rangel, todo ello de .....