Los Penados: JOSE ANDRES VELASCO Y ZAILAN ENRIQUE ALVARADO, fueron detenidos preventivamente en fecha 01-03-2005 y le fue otorgada Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de la Libertad en fecha 05-04-2005, por el Tribunal de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal; lo que significa que ha cumplido: UN (01) MES Y CUATRO (04) DÍAS de la pena impuesta, faltándole por cumplir, DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS de la pena impuesta, más las penas accesorias de Ley. Los Penados: RAFAEL GUSTAVO TORRES BOHORQUEZ Y RAMON ALEXIS GARRIDO ALVARADO. Se acordo notificar a la Abg. Julene Godoy, en su condición de Fiscal de Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencias del Ministerio Público de este Estado, al Penado, a su Defensor, para que en un plazo de Treinta (30) días contados a partir de la fecha de notificación, solicite el beneficio correspondiente por ante este Tribunal de Ejecución.