Este Tribunal de Ejecución N° 02, procedio a corregir el cómputo de la manera siguiente:
Pena impuesta: Nueve (09) años de Prisión,
Detenido desde: 07 de Septiembre de 1997,
Hasta hoy: 23 de Enero de 2006,
Total Detenido: ocho (08) años, cuatro (04) meses y quince (15) días,
Pena redimida: un (01) año, un (01) mes, y seis (06) días
Total pena cumplida: nueve (09) años, cinco (05) meses y veintiún (21) días.
Es decir, ha cumplido íntegramente la pena impuesta, en consecuencia y de conformidad con los Artículos 105 del Código Penal y 479.1 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara la extinción de la responsabilidad criminal del penado en el presente caso y se ordena cerrar el proceso.