DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado WILKIN JOSE BERRIOS POLANCO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 19.024.359, nacido en fecha 22/11/1989, de 18 años de edad, natural de Barinas estado Barinas, hijo de Judith Polanco (v) y de Teodoro Berrios (v), soltero, grado de Instrucción 5° año de bachillerato, residenciado en el barrio el Nazareno, calle Andrés Eloy Blanco, casa s/n, color verde, a una casa de la Escuela Guillermo Villegas Pulido, Barrancas Municipio Cruz Paredes, Estado Barinas,, actualmente recluido en el internado judicial de este Estado Barinas, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN.....