Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente demanda con respecto a la Violación de Obligación Alimentaría de los Adolescentes FRANCISCO JAVIER y YESICA CAROLINA TABERO GUTIERREZ, de trece (13) y doce (12) años de edad respectivamente, por lo que se condena al ciudadano FRANCISCO RAUL TABERO, Cédula de Identidad Nº 10.561.749 al pago de la deuda alimentaría vencida e insoluta desde el mes de Marzo del año 2002 hasta el mes de Agosto del año en curso, por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 750.000,00), por pensiones alimenticias vencidas e insolutas a razón de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00) cada una mas la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) por concepto de adicionales correspondiente a los meses de Septiembre y Diciembre mas la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 225.000,00) por intereses moratorios para un total de UN MILLON .....