En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR La demanda de Desalojo, interpuesta por el ciudadano Ali Dawara Dawara, en contra de la ciudadana Irene Josefina Vergara Superlano, ambos ampliamente identificados en autos.
SEGUNDO: se ordena a la ciudadana Irene Josefina Vergara Superlano, identificada plenamente en autos, hacer la entrega del inmueble que posee en calidad de ARRENDATARIA, al ciudadano. Ali Dawara Dawara, constituido de un Local Comercial, ubicado en la calle 12, entre carreras 5 y 6, de esta ciudad de Barinitas, Municipio Bolívar del Estado Barinas, libre de personas y cosas, una vez quede definitivamente firme la presente decisión.
TERCERO: No .....