En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara su INCOMPETENCIA para conocer de la presente causa de Divorcio fundamentada en el articulo 185, ordinal 3 del Código Civil Venezolano Vigente, en razón de la materia de conformidad con los artículos 28 y 60 del Código de Procedimiento Civil y del articulo 3 de la Resolución Nº 0006-2009 emanada de la Sala Plena del Tribuna Supremo de Justicia, de fecha 18 de marzo de 2009. Así se decide.
SEGUNDO: Que se considera COMPETENTE para decidir la causa de Divorcio fundamentada en el articulo 185, ordinal 3 del Código Civil Venezolano Vigente, incoada por el ciudadano: JOSÉ URBANO GONZÁLEZ PÉREZ, contra la ciudadana: MARÍA BALBINA DUGARTE BECERRA, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo C.....