En consecuencia, por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente explanadas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en uso de sus amplias facultades que le confiere los Artículos 520 y 677 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION que formulara la ciudadana: EMERENCIANA ARAQUE DE PLAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.840.967, domiciliada en las colinas vereda 5, de la población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas; en contra del ciudadano: EUSTOQUIO PLAZA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.716.596, domi.....