En consecuencia, por todos los razonamientos tanto de hecho como de derecho esgrimidos anteriormente, éste JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRÉS ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares por Prestaciones Sociales formulada por las ciudadanas NIDIA SANCHEZ, JOSEFINA CHACON y MILENA SANCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números. V-18.045.587, V- 10.745.020 y V- 18.045.586, respectivamente, domiciliadas en Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, debidamente asistidas por el Abogado en ejercicio MIGUEL ANGEL PEREZ HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.402.398, e inscrito en el Inprea.....