PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el por el abogado Luis Eduardo Molina Barrueta, en su condición de defensor privado de la imputada Francis Gabriela Vielma Herrera, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE in limine litis, la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado por el abogado Luis Eduardo Molina Barrueta, en su condición de defensor privado de la imputada Francis Gabriela Vielma Herrera, por la presunta violación a los derechos y garantías relativas al debido proceso, juzgamiento en libertad, tutela judicial efectiva y simplicidad de las formas; además de derechos humanos tales como el derecho a la vida, protección a la maternidad, protección en materia de salud contemplados en los artículos 43, 76 y 83, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por parte de.....