SE DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por las Abogadas Obdulia Celenia Díaz Pérez, Angélica Joves Contreras y Zairi Ailime Olivar Ramírez en su condición de Fiscal Primer y Fiscales Auxiliares Primeras del Ministerio Público, en contra del auto dictado en fecha en fecha 01 de Octubre de 2012 por el Tribunal de Control Nº 03, en la cual OTORGÓ Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad consistente en una detención domiciliaria en la siguiente dirección: Complejo Habitacional Ciudad Tavacare, En La Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas Del Estado Barinas, Sector C Bloque 73 Piso 01 Apartamento 04, a favor del imputado Bladimir Jesús Pérez a quien se le sigue cvausa penal por el delito de Robo Agravado en Grado de Coautoria y Lesiones Tipo Basico; y se acordó publicar la decisión dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto.