Se declaro: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jahir Humberto Moreno Materan, en su condición de Fiscal Provisorio Octavo del Ministerio Público, por los motivos arriba explanados; en efecto se declara la NULIDAD de la decisión dictada en fecha 14 de junio de 2016 por el Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de los y las de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a cargo del abogado José Macabeo González, mediante el cual Sustituyó la Medida de Detención Judicial por la Medida Cautelar Menos Gravosa Detención en su Domicilio, bajo la Supervisión y Control de sus Padres, en relación al Responsable Adolescente H.H.B.P. (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 parágrafo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado con Alevosía en la Ejecución de Robo en Grado de Coautoría, previsto en el artículo 406 numeral 2.....