Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho ROBERT ALEXANDER ALVARADO, en su carácter de defensor del ciudadano JORGE ELIÉCER DIAZ, contra el auto de fecha 20 de febrero de 2017, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, con fundamento en los razonamientos expuestos en los criterios jurisprudenciales de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, parcialmente transcritos, en armonía con lo establecido en el artículo 428 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, y en el artículo 436 eiusdem.