Se Declara: Admisible el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados Mónica Amalia Ochoa Nieto e Iván Molina Pulido, en su condición de defensores privados, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de mayo de 2013, por el Tribunal Segundo de Control de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual decretó Medida Privativa de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado Cleider Leonardo Ceballos Mendoza, por los delitos de Homicidio Intencional a Titulo de Dolo Eventual y Lesiones Intencionales Básicas a Titulo de Dolo Eventual; y se acordó publicar la decisión dentro de los diez (10) Días siguientes a la publicación del presente auto.