DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE REVISIÓN DE SENTENCIA, interpuesto por el penado Nelson Antonio Camejo Sánchez, asistido por los Abogados Saiz Rafael Mitilo Veliz y Mariela Antonieta Rojas Da Silva; y se procede a computar la nueva pena de Seis (6) años de prisión que le corresponde al referido penado, venezolano, titular de la cédula de identidad V-13.329.371, por la comisión del delito de Ocultamiento de Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 en su segundo aparte de la nueva Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 24, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 470 ordinal 6°, 471 ordinal 1°, 473, .....