DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la orden de notificación referida al pronunciamiento que hiciese esta Alzada en fecha 16/03/2016, por cuanto la misma fue dictada dentro del lapso legal, estando todas las partes A DERECHO; SEGUNDO: ACLARADO EL PUNTO SEGUNDO, relativo al alcance jurídico de la decisión, la declaratoria de nulidad de la audiencia preliminar, reponiendo el asunto al estado de celebrar nueva audiencia preliminar ante un juez o jueza distinto del que pronuncio la anulada; quedando la situación jurídica de los imputados en el mismo estado en que se encontraban antes de la celebración de esa audiencia preliminar anulada; TERCERO: Con lugar la Solicitud de Copia Certificada de la presente decisión, por ser procedente; CUARTO: Improcedente la s.....