Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por abogado CARLO HUMBERTO OVALLES CAICEDO, en su condición de Solicitante, asistido por el abogado JESUS ALBERTO BOSCÁN PÉREZ, en contra del auto de fecha 02/09/2014, por el Tribunal de Control Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Negó la solicitud de entrega en calidad de Guarda y custodia un vehículo de su propiedad: Placa: AA356HN, MARCA: TOYOTA, MODELO: FORTUNER 4X2, AÑO 2009, COLOR PLATA, TIPO SPORT-WAGOR, CLASE CAMIONETA, USO: PARTICULAR; SERIAL DE CARROCERÍA: 8XA11ZV6093003000, SERIAL DE MOTOR: 1GRO937039; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 293 del Código Orgánico Procesal Penal; y se.....