D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada. YIPSI GRETCHEINS GALVIS MEJIAS en su condición de Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Primera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, contra la decisión de fecha 20 de Julio de 2015, dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, En consecuencia, se ANULA la decisión referida, conforme a lo previsto en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena a otro tribunal que por distribución le corresponda, quien quedara en conocimiento de la causa, pronunciarse en relación con la solicitud hecha por la abogado VICTOR OMAR DIAZ VALERO, .....