En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO JOSÉ DE SUCRE de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte su HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: JOSE ANTONIO IBARRA MORA, ya identificado, convino en hacer mercado quincenal por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 150.000,00); que la madre envie a sus hijas con la lista de compras; en los meses de Septiembre y Diciembre se compromete a darle CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.400.000,oo) como cuotas especiales, mas el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, para su hijas: NEICY PAOLA y DEICY KARINA IBARRA ANCENO, también identificadas; y en cuanto a los gastos médicos, medicinas y vestido requeridos por la niña a partir de esta fecha, s.....