D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Oferta de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano EDGAR ANTONIO CONTRERAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio: Comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.866.480, domiciliado en el Barrio Las Américas, carrera 10, calle 3, casa Nº 9-56 de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en beneficio de la niña XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXX, nacida en la población de XXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX XX XXXXX, XXXXXX XXXXXXX; en fecha XX/XX/XXXX; representada por su madre la ciudadana DORIS SOTO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: comercian.....