EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copias Certificadas de la Partidas de Nacimiento del niño: CARLOS JOSWE CHACON PEREIRA.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano CARLOS NELSON CHACON GUERRERO, se obliga fijar la obligación de manutención a favor de su hijo, por la cantidad mensual de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,oo), más la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (400,oo), en el mes de Diciembre, con ocasión a las festividades navideñas; asimismo el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
TERCERO: Dichas cantidades deben ser depositadas por el ciudadano CARLOS NELSON CHACON GUERRERO, en la Cuenta de Ahorros de la Entidad Bancaria Banfoandes, ordenada la apertura por este Despacho y de la cual la ciudadana ORLIS KARINA PEREIRA CARRERO, informará al Tribunal el número. Líbrese Oficio.
Este Juzgado del Municipio.....