En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Aumento de Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana GLADYS OMAIRA PEREZ GIL, venezolana, mayor de edad, de ocupación u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.837.352, domiciliada en el Barrio Llano Alto, carrera 20, entre calles 4 y 5, casa s/n, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas; en contra del ciudadano JOSE HENRY PARADA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.840.455, de profesión u oficio: Latonero, quien labora y reside en el Barrio Alberto Carnevalli, carrera 18, entre cales 4 y 5, casa s/n de la población de.....