En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana OMAIRA RIVERO DE FLORES, venezolana, mayor de edad, profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-12.227.411, domiciliada en el Barrio La Sabana calle 1 entre 2 y 3 Casa Nº 31-20 de la población de Socopó del Estado Barinas, en contra del ciudadano TIMOLEÓN FLORES MONCADA, venezolano, mayor de edad, profesión u oficio electricista y comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 11.021.618, domiciliado en la carretera nacional vía Barinas¿San Cristóbal, a 50 mts. del Café Cordillano, Electro-Arranque Flores de la población de Socopó del Estado Ba.....