Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, conforme al artículo 561 literal “d” y Artículo 568 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en la presente causa 1C-1254/06 a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDAD DE ACUERDO A LA LEY , por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de los ciudadanos RAMÓN ALBERTO BARRIOS VELÁSQUEZ Y CARMEN TERESA BARRIOS VELÁSQUEZ, Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las partes del sobreseimiento definitivo, el cese de la causa, y una vez recibida las notificaciones suscrita por las partes se ordena el arc.....