En consecuencia, este Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte Formal HOMOLOGACIÓN al Convenimiento celebrado entre la ciudadana ORTEGA OJEDA DIANA CAROLINA, venezolana, mayor de edad, oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.549.600, domiciliada en el Barrio El Playón, Calle Nutria Casa S/N, de la Parroquia Libertad, Municipio Rojas, estado Barinas, teléfono Nro. 0416-6776606, y el ciudadano JOSE LUIS FANDIÑO MEDRAN, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Barrio El Playón, Calle La Manga, Casa S/N a una cuadra de la manga, Parroquia Libertad, Municipio Rojas, Barinas estado Barinas; teléfono Nro. 0426-1515390 y trabaja como vigilante en la ETANOL parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas, Barinas estado Barinas; por estimar que el referido Convenimiento, va en beneficio del interés superior de los niños (se omite.....