Por todos lo razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Desalojo incoada por los Abogados en ejercicio Jairo José Aranguren Piñuela y Marbella Josefina Navas Coronil, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 46.850 y 93.143, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Pedro Pablo Molina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.369.724; en contra del ciudadano Raúl Antonio Guillén Dugarte, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.063.216.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano Raúl Antonio Guillén Dugarte, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.063.216, así como a la ciudadana Nai.....