Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: SE AMPLÍA el régimen de prueba de LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por el lapso de TRES (03) MESES a favor del acusado JOE RUBER AZUAJE SOSA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-14.550.911, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 25/06/1979, Natural de Barinas, hijo de Isabel Sosa (V) y de Rubén Azuaje (F), de ocupación u oficio empleado del Hospital Luís Razetti, residenciado: Urb. Negro Primero, vereda II, casa Nº 03, frente a la bodega el sol , teléfono 0416-9768806; de conformidad con lo establecido en el Art. 47 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, se mantiene las condiciones impuestas al acusad.....