En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: JOSÉ GABRIEL MORENO CASTILLO Y MARISELA GUERRERO BELLO, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Prefectura del Municipio Ciudad Bolivia, Distrito Pedraza del Estado Barinas, en fecha 21 de agosto de 1.987, según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio Nº 88, expedida por la mencionada Prefectura, en fecha 11 de septiembre del año 1991, cursante al folio 02 con su respectivo vuelto del presente expediente.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley.