declara como únicos y universales herederos de la de-cujus Carmen Teresa Márquez, al ciudadano Julio César Vázquez Márquez, antes identificado, y a los ciudadanos José Rafael Márquez, Juan Ramón Márquez y Coromoto del Carmen Marques de Simanca, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.048.520, 8.717.021 y 4.917.293 respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros.