este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la QUERELLA FUNCIONARIAL, interpuesta por el ciudadano RAMÓN ANTONIO PUENTES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.-294.305, por intermedio de su apoderado judicial, Abogado LUCIDIO ENRIQUE PERNIA RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.445, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MÉRIDA, en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.