este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos Henry Antonio Ordoñez Terán, José Clemente Arellano Pernía y Félix Luis González, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.561.366, 8.148.043 y 10.561.432, actuando en su condición de Coordinador General, Coordinador Ejecutivo y Coordinador Administrativo de la Asociación Cooperativa "TRANSPORTE OCCIDENTE, R.L.", contra la Resolución Nº 452/2008, dictada en fecha 21 de noviembre de 2008, por la Alcaldía del Municipio Barinas del Estado Barinas; y declina la competencia en el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes. Déjese transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho, a los efectos de la regulación de la competencia, vencido el cual se remitirá con oficio.-