el penado HEIBO JOSÉ MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N°. 16.792.570, en la Causa N°. EL01-P-2001-000023 fue detenido preventivamente el día 11/09/2001, en fecha 19/09/2002 le fue acordado el beneficio de Destacamento de Trabajo dándose como evadido en fecha 14/04/2003, por el lapso de UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y TRES (03) DÍAS; en la Causa N°. EP01-P-2005-008110 fue detenido en fecha 25/10/2005, hasta la presente fecha, por el lapso de DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES Y OCHO (08) DÍAS, lo que suma el tiempo de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES Y ONCE (11) DÍAS; aunado a la redención practicada en fecha 06/02/2002 por el lapso de CUATRO (04) MESES Y CUATRO (04) DÍAS, y a la practicada en esta fecha por el lapso de NUEVE (09) MESES, ONCE (11) DÍAS Y DIECISÉIS (16) HORAS, lo que suma el tiempo de UN (01) AÑO, UN (01) MES, QUINCE (15) DÍAS Y DIECISÉIS (16) HORAS de pena redimida; lo que resulta en CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES, VEINTISÉIS (26) DÍAS Y DIECISÉIS (16) HORAS d.....