Este Tribunal de Primera Instancia de lo Penal en función de Ejecución de Sanciones Penales No.2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la petición interpuesta por el penado y OTORGA LIBERTAD CONDICIONAL como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con los artículos 19 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal y con los artículos 272, 334 y 49 numerales 2 y 7 de la Constitución Nacional, a favor de NELSON ALCIBÍADES CASTILLO.