DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Califica como Flagrante la Aprehensión del imputado: JOSE DE JESUS PERNIA ZAMBRANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.550.125, (porta), de 22 años de edad, nacido el 11-11-85, natural de Piñal Estado Táchira, de estado civil soltero, de ocupación mecánico, hijo de Virginia Zambrano (V) y José Pernia (V), residenciado en Barrancas, Barrio 12 de marzo, vía el cementerio, calle 5, casa S-N, de la población de Barrancas Estado Barinas. Todo conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal. Penal. SEGUNDO: Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado antes identificado por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el .....