DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega el ciudadano GUIDO ALEXANDER MORALES CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad № V-9.028.891, actuando con el carácter de Director Gerente de la Sociedad Mercantil Hacienda Ticoporo C.A, sobre el predio denominado "HACIENDA TICOPORO", ubicada en el sector Sabaneta via Mijaguas, Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del estado Barinas, cuyos linderos particulares son NORTE: Terrenos que son o fueron de Heriberto Rivera y vía de Penetración Cajeta, SUR: Parcelamiento Ticoporo .....