PRIMERO: Se comprometió a pasarle a sus hijos como Obligación de Manutención la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs.800,oo) MENSUALES, los cuales entregará de manera quincenal, es decir los días 15 y 30 de cada mes, a partir del mes de Octubre del presente año, a la madre de sus hijos y por ante la sede de éste Juzgado; así mismo informó que por cuanto éste Tribunal decretó medida cautelar en fecha 22-09-2010, en la cantidad de CUATROCIENTOS (Bs400,oo), la misma ya le fue retenida para entregársela a la madre de sus hijos el día Viernes 01-10-2010, en la sede de su trabajo.-
SEGUNDO: Referente a los gastos Médicos y Medicinas que se presenten para con sus hijos se comprometió a aportar el Cincuenta por ciento (50%) de los mismos.-
TERCERO: En cuanto a la Bonificación Especial de Fin de Año en el mes de Diciembre, se comprometió a entregar a la madre de sus hijos e igualmente por ante éste Juzgado, la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs2.000,oo), adicionales a la Obligación de Manute.....