DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los Ciudadanos: HENRY RAFAEL FREITES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.564.373, domiciliado en el Barrio Mi jardín, calle 3, casa s/n, Barinas, Estado Barinas, AURA ROSA TORRES HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.226.724, domiciliada en el Barrio las Mercedes, callejón tres, casa s/n, Barinas, Estado Barinas Y WILLIAMS ARCANCIO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.549.338, domiciliado en la calle uno, sector tres, N° 28, Barrio 24 de Julio, Araure, Estado Portuguesa por los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA previstos y sancionados en los Artículos 460 y 278 ambos del Código.....