Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente solicitud y fija mensualmente la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350.000,00), mensuales, a razón de CIENTO SETENTA BOLÍVARES (Bs.175,00), quincenales y como complemento de ésta, en el mes de Septiembre la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs.600,00), y en el mes de Diciembre la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs.1.000,00)
Una vez quede firme la sentencia se ordenará librar oficio al Jefe de Recursos Humanos del Ministerio del Ambiente Delegación Zulia, para que realicen los descuentos directamente de la nómina del sueldo correspondiente al ciudadano LUÍS COROMOTO BRACA y que los mismos sean depositados en una cuenta de ahorro aperturada a tal fin a nombre del adolescente de autos.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de .....