PRIMERO: Declara Homologado el Desistimiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en la Presente Solicitud de Divorcio con fundamento en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916 con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover; formulada por Ydelia María Villalta Ramos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.987.705, domiciliada en el Barrio Mi Jardín, Sector 3, Calle 2, Casa 78, Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas, Estado Barinas, debidamente asistida del abogado en ejercicio Francisco Javier Pumar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 13.883.834, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado.....