En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado SINECIO MARCELINO MACHADO DURAN, titular de la cédula de identidad Nº 7367913 que vive en caserío Los Guasimitos, sector Nueva Barinas, 2da. Transversal, Casa 2-11, Municipio Obispos, Barinas, a cumplir la pena de NUEVE (9) MESES DE PRISION por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. Se mantiene la medida de coerción que le fuere dictada al prenombrado condenado, quien quedará a la orden del Juez de Ejecución competente. Provisionalmente el cumplimiento de la pena finalizará el día 09-09-2008.