Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento del ciudadano: JOSE PIO RODRIGUEZ MARQUINA, llevada por la Prefectura de la Parroquia Ramón Ignacio Méndez, Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Barinas, durante el año 1.977, bajo el N° 58, en el sentido de que el número correcto de la cédula de identidad de su madre, ciudadana: María José Marquina de Rodríguez es SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO (6.654.281).
En consecuencia de conformidad con el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la Inserción de la presente Sentencia en los Libros de Registro Civil correspondiente, sin hacer alteración de la partida de.....