PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de declaración de ausencia del ciudadano Ismael Díaz Quintero, presentada por los ciudadanos Nery del Carmen Belandria de Díaz, Alba Mayela Díaz Belandria de Torres, Yeli Esperanza Díaz Belandria de Zambrano, Belkis Coromoto Díaz Belandria y María Antonia Díaz Belandria, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara AUSENTE al ciudadano Ismael Díaz Quintero.
TERCERO: No se hace condenatoria en costas de la presente causa, dada la naturaleza de la presente decisión.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de esta decisión, por dictarse dentro del lapso establecido en el artículo 251 ejusdem.