En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cumplimiento y Revisión (Aumento) de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MARIA MARGARITA MOLINA, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Costurera, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.284.808, domiciliada en el Barrio El Márquez, calle 11, carrera 16, casa s/n de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano JESUS MANUEL CONTRERAS PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.367.142, de profesión u oficio: Comerciante, quien es el propietario del "Abasto La Esquina", ubicado en el Barrio Las Flores, calle 3 de la pobl.....