este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por la ciudadana MARÍA YAKELINE FUENTES DE ORTIZ, titular de la Cédula de Identidad Número 12.833.199, por medio de su Apoderada Judicial Gloria Esther Díaz Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.668, contra el MUNICIPIO CÓRDOBA DEL ESTADO TÁCHIRA.
SEGUNDO: Se ordena al MUNICIPIO CÓRDOBA DEL ESTADO TÁCHIRA, cancelar a la ciudadana antes mencionada, la cantidad de CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 4.667,47), por prestaciones sociales.
TERCERO: Se ordena la cancelación de los intereses sobre prestaciones sociales de conformidad con el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, asimismo, se condena a la q.....