PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Yohana Josefina Izaga Herrera e Ivor José Jara Rodríguez, supra identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, en fecha veinticuatro (24) de diciembre del año 1.997, por ante el Registro Civil de la Parroquia Quintero, Municipio Muñoz del Estado Apure.