En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30-03-2016, por el abogado Félix Gregorio Labrador Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°. V-3.794.835, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 111.322, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana María Oliva Rivas de Cao, venezolana, mayor de edad, casada, titular de Cedula de Identidad N 2.501.281, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 14 de Marzo de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Se MODIFICA la sentencia definitiva dictada por el Juz.....